Clasificación doctrinaria de las víctimas según subgrupos
Es importante
tener claro y definido el concepto de víctima en general, donde si lo vemos
desde la percepción que la humanidad desde el inicio ha generado problemas
entre sus miembros, grupos o comunidades; la vulnerabilidad y la posibilidad
tener problemas ligados a delitos es algo inevitable y por ende genera víctimas
de esas circunstancias.
Como concepto de víctima según el diccionario de la Real Academia Española
RAE, es: “persona que padece daño o ha muerto por causa
ajena o fortuita”.
Por su parte en Declaración
sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y
del abuso de poder de las Naciones Unidas se tiene por el concepto de víctima
de los delitos lo siguiente: “Se entenderá por "víctimas" las
personas que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive
lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o
menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de
acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados
Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder”. ONU (s.f).
Ahora bien para poder
determinar la clasificación doctrinaria de las víctimas
según subgrupos se tomó en consideración los conceptos y estudios realizados por
Benjamín Mendelsohn, que fue un reconocido criminólogo
nacido en el año 1900 y mantuvo los estudios en este tema hasta su muerte en
1998, que realizó investigaciones sobre las tipologías victímales tomando en
cuenta posibles variables y diferentes factores, como los biológicos, sociales
o los psicológicos, que pudieran tener relevancia en lo ocurrido.
Según este autor y criminólogo existía un tipo de
correlación de culpabilidad entre la víctima y su agresor, donde según sus
hipótesis y teorías donde uno de los dos sujetos debería tener mayor
culpabilidad que el otro, donde por ende se deriva que el otro es menos
culpable de delito que en el que se esté incurriendo.
Con esto se quiere decir que en los delitos, de alguna
manera puede que exista no solo responsabilidad total del agresor, sino que
habrá circunstancias donde la víctima podría tener su cuota de participación
indirecta en los hechos, dejando y generando controversia con ello, dado que
históricamente y aún en la actualidad, el agresor es el que se marca y tilda
con la mayor o total responsabilidad del delito, dado el sujeto ofendido no pidió,
por decirlo de alguna forma, ser víctima de un hecho punible.
En busca de entender mejor este apartado se adjunta el
siguiente video para comprenderlo.
Video tomado de https://www.youtube.com/watch?v=Znmuw52yts4
Lo anterior nos lleva por ejemplos o casos de tipo
hipotético, donde se puede observar la manera en que pueden interactuar las
víctimas con el agresor, es claro que, definitivamente se pueden dar
correlaciones tal y como lo apunta Dünkel; hay situaciones que no pueden
obviarse y si somos objetivos en este pensar, son cosas que ocurren en la
cotidianeidad delincuencial, ya que como se menciona en el argot policial “hay
casos de casos”, por lo que es importante conocer sobre el tema que ligado a la
experiencia que se vaya adquiriendo, serán de gran ayuda.
La tipología
victimal de Benjamín Mendelsohn, clasifica a las víctimas de la
siguiente forma:
Víctima
completamente inocente o víctima ideal: esta víctima es la que se considera totalmente
libre de culpa, ya que en el suceso en el que se vio afectada, no tuvo
participación alguna que pudiera ligarse al desenlace final.
Víctima por
ignorancia: es la que por una
motivación involuntaria o impulso eventualmente en busca de algún aliciente
personal o económico, participa de alguna manera en el hecho que al final lo
convertirá en víctima.
Víctima tan
culpable como el infractor o víctima voluntaria: este apartado es muy subjetivo y encontrará tantos
detractores como adeptos, dado hay circunstancias que no son del todo aceptadas
social y hasta religiosamente, como lo es el caso de eutanasia,
denominada por Mendelsohn cómo
suicidio por adhesión, donde la
víctima solicita ayuda para morir, además en este grupo los que deciden jugar
con su vida cometiendo suicido echándola a la suerte, un ejemplo de ello el
conocido mortal juego de la “ruleta rusa” donde accionan un arma de fuego tipo
revólver, girando el tambor del arma que únicamente contiene una bala, para
luego accionar el arma teniéndola pegada a la cabeza; así mismo las parejas que
por diversas situaciones personales, pactan un suicido en cualquiera de sus
formas.
Víctima más culpable que el infractor: aquí
se nombran dos tipos de víctima, la provocadora que en resumen se trata
de la por su propia conducta crea y favorece el final del hecho, donde por
ejemplo realiza un asalto con arma de fuego y la otra persona involucrada que
hasta ese momento es ofendida al determinar está en riesgo su vida, termina con
la vida del asaltante; y la víctima
por imprudencia, que
se trata de quien por negligencia facilita las condiciones para que se dé un
delito, por ejemplo marcharse del auto y dejar las llaves pegadas.
Víctima más
culpable o víctima únicamente culpable: se derivan de este concepto tres tipos de víctima, la infractora,
donde el agresor se convierte en víctima, el sujeto
realiza un ilícito penal para defenderse, la
víctima simuladora, es la que tienen algún tipo de
interés, ya sea propio o ajeno, valiéndose de cualquier ardid con
tal de hacer caer a la justicia en un error; y por último la víctima imaginaria
que son aquellas personas, que debido a factores de naturaleza biológicos,
psicológicos o bien sociales, que se creen víctimas de un delito, pero en realidad no
existe; ejemplo de ellos personas que presentan enfermedades mentales y lo que
derivan estas situaciones.
Teorías explicativas o
descriptivas de la victimización.
Sobre esta parte de la victimología hay que tener
claro que, como en muchas otras situaciones que se pueden estudiar, existen
algunas definiciones debido a la tipología en las que puede señalarse algunos
aspectos de relevancia y de importancia. En esta oportunidad se hablará sobre
los tipos de victimización, que son los estados o procesos por los que debe pasar
una persona al ser víctima de un delito; aunque a criterio personal se menciona
puede que haya excepciones a regla, donde algunas personas dado algunas
características propias como la personalidad, por mencionar una, puede afrontar
de diferente manera las situaciones de este tipo aunque sean de riesgo, pero es
una opinión, casi percepción muy personal por situaciones y experiencias
vividas en el campo laboral y no ante los estudios que se hayan realizado sobre
el tema de manera muy profesional por los que han hecho verdaderos estudios.
Antes de entrar a definiciones sobre el tema en
particular, no se pude dejar de lado algo de mucha relevancia para el adecuado
entendimiento del tema, dado no se puede tener un concepto muy vago o parcial
de lo que significa en realidad la victimización, que es claro no se encierra en
tres definiciones como las que se pondrán en estudio.
“El concepto de victimología, proviene de la palabra
latina “víctima”. En nuestro contexto el concepto de víctima alude a la persona,
grupo u organización que sufre daños realizables (pero no necesariamente
producidos de hecho) causados por la acción punible de uno o más autores. Con
este concepto se pone en relieve que la víctima no queda limitada a personas
naturales. Y tampoco para ser víctima debe sentirse uno como tal…debe
distinguirse entre daños objetivos y subjetivos”. Dünkel. F. (s.f).
Se tomó como referencia el anterior extracto, donde a
criterio se explica muy claro que la victimología puede tener muchas variantes,
muchos conceptos y definiciones que aunque algunos discrepen de ellos son
válidas y es muy subjetivo; en el mismo texto de Frieder Dünkel, de donde se
sacó el anterior fragmento, se habla además sobre definiciones de víctimas y
tipología de la víctimas, donde se mencionan varios autores y las definiciones
que han dado sobre tema, además se expone sobre diferentes tipos de variables,
delitos, combinaciones y otros elementos, donde se detalla es indispensable un
tratamiento específico para los delitos, según corresponda.
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